Viajar con Menores
Viajar con Menores
La protección de los menores es una prioridad del Ministerio de Justicia en particular y del país Curazao en general. El marco legal en este caso está formado por los tratados internacionales sobre la protección de los derechos del niño, junto con las leyes y reglamentos locales. Para la seguridad del menor, es importante que se pueda demostrar al funcionario de inmigración que el menor viajará legalmente, con el consentimiento de los padres o tutores responsables.
El Ministro de Justicia concede gran importancia a que cuando se realicen los controles en Inmigración, en el aeropuerto o en el puerto, las cosas vayan de la mejor manera posible. En este contexto, es importante que el menor o los padres, las personas/instituciones con las que viaja el menor, sepan cuales son los documentos necesarios para demostrar que el menor, y la persona que viaja, tienen permiso de los padres o tutores para viajar con el menor. A raíz de lo anterior, se estipula cuáles son los documentos que se deben presentar en el Control de Fronteras cuando se viaja, para que el menor pueda viajar legalmente.
Los siguientes documentos deben mostrarse al oficial de fronteras de turno cuando se viaja como menor o con un menor. Los documentos se enumeran por situación del menor.
a. El menor viaja con el tutor legal (madre o padre):
- Extracto extenso del menor (no más de 6 meses de antigüedad) &
- Extracto del Registro de custodia (no más de 6 meses de antigüedad).
b. El menor viaja solo o con otra persona que no sea el tutor legal:
- Extracto extenso del menor (no más de 6 meses de antigüedad) &
- Extracto del Registro de custodia (no más de 6 meses de antigüedad) &
- Formulario de consentimiento debidamente completado con firma del tutor (padre o madre) &
- Copia del documento de identidad o del pasaporte válido del tutor (padre o madre).
(padres están casados o padres que tienen la custodia compartida por orden judicial o padres que tienen la custodia compartida por declaración conjunta ante el Tribunal)
a. El menor viaja con ambos padres (padres están casados):
- Libreta de matrimonio de los padres viajeros en el que aparece el nombre del menor
b. El menor viaja con ambos padres (padres NO están casados):
- Extracto extenso del menor (no más de 6 meses de antigüedad) &
- Extracto del Registro de custodia (no más de 6 meses de antigüedad).
c. El menor viaja con un solo progenitor (padres están casados):
- Libreta de matrimonio de los padres viajeros en el que aparece el nombre del menor &
- Formulario de consentimiento debidamente completado y firmado por el progenitor que NO viaja &
- Copia del documento de identidad o del pasaporte válido del progenitor que NO viaja.
d. El menor viaja con un solo progenitor (padres NO están casados):
- Extracto extenso del menor (no más de 6 meses de antigüedad) &
- Extracto del Registro de custodia (no más de 6 meses de antigüedad) &
- Formulario de consentimiento debidamente completado y firmado por el progenitor que NO viaja &
- Copia del documento de identidad o del pasaporte del progenitor que NO viaja.
e. El menor viaja con otra persona o institución/organización (padres están casados):
- Copia del Libreta de matrimonio de los padres viajeros en el que aparece el nombre del menor &
- Formulario de consentimiento debidamente completado y firmado por los padres &
- Copia del documento de identidad o del pasaporte válido de los padres.
f. El menor viaja con otra persona o institución/organización (padres NO están casados):
- Extracto extenso del menor (no más de 6 meses de antigüedad) &
- Extracto del Registro de custodia (no más de 6 meses de antigüedad) &
- Formulario de consentimiento debidamente completado y firmado por los padres &
- Copia del documento de identidad o del pasaporte válido de los padres.
Teniendo en cuenta la enseñanza obligatoria que aplica para los menores, es necesario presentar la autorización del director de la escuela, fuera de los períodos de vacaciones. En el caso de una exención general de la enseñanza obligatoria, debe presentarse una decisión del Ministerio de Educación, Ciencia, Cultura y Deporte para demostrar la exención.
El menor que vaya a seguir estudiando en el exterior o, al menos, a emigrar, tendrá que presentar también el certificado de baja correspondiente de Asuntos Públicos (Kranshi); documento y sello en el pasaporte.
Cuando un menor emigra dentro del Reino, sin su(s) madre, padre, padres o tutor, además de los documentos mencionados, se debe presentar la declaración de no objeción otorgada por el Consejo de Tutela. Esta declaración se debe solicitar con por lo menos 6 meses de antelación en el Consejo de Tutela.
Para obtener un extracto del registro de custodia en la Corte Común de Justicia (Kas di Korte), debe presentarse una solicitud con al menos 7 días hábiles de antelación. La solicitud debe ir acompañada de un extracto extenso de Asuntos Públicos (Kranshi) de no más de 3 meses de antigüedad. Se cobrará una tasa judicial de 50 NAF por cada solicitud/escritura. Hay que pagar la tasa judicial al presentar la solicitud en el mostrador de información, o en caso de una solicitud digital, al recoger el extracto.
Para obtener un extracto de los registros básicos, es necesario concertar una cita. El coste para obtener el extracto extenso es de 10 Naf.
Los representantes legales de los menores extranjeros que viajen a Curazao también deben tener en cuenta los principios mencionados anteriormente. El extranjero menor de edad que viaja debe presentar los documentos aplicables en su país de origen, con los que se pueda demostrar que el menor viaja con sus padres legales o que han dado permiso para el propósito del viaje, y si es necesario el adulto acompañante designado.
Si no se presentan los documentos necesarios para la identidad y la permanencia segura del menor, se le puede negar la admisión o se puede poner (temporalmente) al menor bajo la supervisión de las autoridades competentes para la investigación necesaria.
Los documentos que deben presentarse para los extranjeros menores no residentes que viajan son:
- Certificado de nacimiento, documentos de identidad y documentos de viaje del menor;
- Documento(s) de identidad del/de los progenitor(es) competentes con autoridad para dar el consentimiento o del tutor correspondiente;
- Los documentos de identidad válidos del adulto acompañante;
- Documentos que acrediten quién es el representante legal del menor que viaja;
- Si se dan circunstancias especiales, deberán acreditarse mediante documentos oficiales legalmente válidos. Estos deberán estar apostillados o legalizados;
- Formulario de consentimiento debidamente completado y firmado por el padre o los padres que no viajan, en el que se designa al adulto responsable y, en su caso, al adulto acompañante y al adulto responsable durante la estancia.
Los menores no-acompañados deben ser comunicados a la Unidad de Supervisión de Extranjeros y Control Fronterizo mediante un formulario de autorización debidamente completado y firmado por el/los representante(s) legal(es), junto con los documentos necesarios, tal y como se ha indicado anteriormente.
Si el menor entra a Curazao para una estancia de larga duración, debe tener un permiso de residencia (temporal), o una carta de consentimiento del Servicio de Admisión de Curazao, con fines de reagrupación familiar o de estudio.
En casos urgentes y especiales, como por ejemplo en casos médicos, puede ponerse en contacto con el Jefe de Equipo del Departamento de Control Fronterizo de la Unidad de Supervisión de Extranjeros y Control Fronterizo en el número de teléfono +5999 674 0143.
Teniendo en cuenta los distintos documentos que hay que presentar, las distintas citas que hay que concertar con los organismos mencionados y el período de espera para recibir los documentos, se aconseja empezar a preparar el viaje con un menor con tiempo.